Normas para autores

NORMAS PARA AUTORES

Protocolos de presentación de manuscritos según la ruta metodológica

1. Secciones de la revista y tipos de contribución

Cada tipo de contribución se adscribe a una ruta metodológica determinada y observa la extensión que se indica. La extensión comprende el cuerpo del texto y las notas al pie; excluye título, resumen, palabras clave, bibliografía final y anexos.

Tipo de contribución Ruta metodológica Extensión Exigencia distintiva
Artículo de investigación jurídica Ruta A — Jurídica (dogmática) 6.000 – 9.000 palabras Identificación objetiva de una falla en el dato normativo y reconstrucción hermenéutica con fuentes internas del sistema.
Análisis crítico de sentencia Ruta A — Jurídica (modalidad especial) 5.000 – 7.000 palabras Evaluación de la decisión en los tres planos: deductivo, inductivo y abductivo.
Artículo de investigación sociojurídica Ruta B — Sociojurídica 6.000 – 9.000 palabras Evidencia empírica primaria y materialización del plano propositivo.
Revisión sistemática de literatura (RSL) Ruta C — Bibliográfica hasta 10.000 palabras Protocolo PRISMA adaptado al Derecho y diagrama de flujo obligatorio.
Estado del arte / artículo de revisión Ruta C — Bibliográfica 6.000 – 9.000 palabras Mapeo categorizado de la producción previa e identificación explícita de vacíos.
Ficha analítica de jurisprudencia / registro documental Ruta C — Bibliográfica 4.000 – 6.000 palabras Matriz de precedentes y reconstrucción de línea jurisprudencial.
Reseña crítica o recensión bibliográfica Ruta C — Bibliográfica 1.500 – 3.000 palabras Obra publicada en los últimos tres años y valoración crítica argumentada.

El autor debe declarar la ruta metodológica al momento del envío. El desajuste entre la ruta declarada y la estructura efectiva del manuscrito es causal de devolución en la revisión editorial preliminar.

2. Configuración del documento

Elemento Especificación
Formato de archivo Microsoft Word (.docx). No se aceptan PDF, .odt ni archivos protegidos con contraseña.
Tamaño de página y márgenes A4 (21 × 29,7 cm); márgenes de 2,5 cm en los cuatro bordes.
Tipografía del cuerpo Times New Roman 12 pt, interlineado 1,5, texto justificado, sin espaciado adicional entre párrafos.
Sangría Primera línea de cada párrafo con sangría de 1,25 cm, salvo el párrafo inicial de cada epígrafe.
Notas al pie Times New Roman 10 pt, interlineado sencillo, numeración arábiga consecutiva y continua a lo largo del documento.
Paginación Numeración continua en el ángulo inferior derecho, comenzando por la primera página del manuscrito.
Epígrafes Numeración decimal con un máximo de tres niveles (1., 1.1., 1.1.1.). Los títulos no llevan punto final ni se escriben íntegramente en mayúsculas.
Tablas y figuras Numeradas consecutivamente, con título y nota de fuente, llamadas en el texto e insertadas como objetos editables, nunca como imágenes.
Elementos prohibidos Saltos de página manuales dentro de una sección, encabezados y pies personalizados, marcas de agua, control de cambios activo, comentarios y campos automáticos de bibliografía.

3. Título, resumen y palabras clave

3.1 Título

  • Máximo 15 palabras, en español e inglés. Debe expresar el objeto del trabajo y la ruta metodológica seguida, sin fórmulas interrogativas retóricas, juegos de palabras ni subtítulos ornamentales.
  • No se admiten títulos que anuncien un contenido más amplio que el efectivamente desarrollado.

3.2 Resumen

  • Extensión de 150 a 250 palabras, en un solo párrafo, sin citas, sin notas al pie y sin abreviaturas no explicadas.
  • Debe ser estructurado en su contenido —aunque no lleve subtítulos— y contener los movimientos propios de la ruta metodológica correspondiente, según se detalla en la sección 4.
  • Se redacta en tercera persona o en voz impersonal, en tiempo pasado para lo realizado y en presente para lo que se sostiene.

3.3 Palabras clave

  • De cuatro a seis descriptores, en español e inglés, separados por punto y coma y ordenados alfabéticamente.
  • Se seleccionan preferentemente de tesauros normalizados de la disciplina. No se admiten como descriptores las expresiones que ya figuran en el título ni las locuciones extensas.

4. Estructura científica según la ruta metodológica

La revista reconoce tres rutas metodológicas con protocolos autónomos y no intercambiables. La ruta no se elige por preferencia estilística, sino por el tipo de material con el que se demuestra la conclusión: el propio ordenamiento (Ruta A), la realidad social medida u observada con instrumentos empíricos (Ruta B) o la producción documental previa sistematizada con un método de búsqueda declarado (Ruta C). El autor debe enunciar la ruta elegida en el apartado de Métodos y estructurar el manuscrito conforme al protocolo respectivo.

4.1 Ruta A — Metodología de investigación jurídica

Comprende la investigación dogmática realizada bajo el presupuesto del positivismo metodológico: el material legislativo se aborda como dato neutro y objetivo, y el problema se delimita y resuelve dentro del sistema, sin recurrir a valoraciones morales ni asumir funciones de política legislativa creadora.

I. Introducción — Delimitación de la falla en el dato normativo
a) Identificación objetiva de la falla en la norma

Presentación del problema alojado en el texto positivo materialmente dado. El autor debe tipificar con precisión la falla:

  • Ambigüedad: el enunciado admite más de un significado en el plano semántico o sintáctico.
  • Vaguedad: el supuesto de hecho carece de contornos definidos en su zona de penumbra.
  • Antinomia: dos normas del sistema imputan consecuencias incompatibles al mismo supuesto.
  • Anomia o laguna: el sistema no prevé solución para un caso que reclama regulación.
  • Defecto en la estructura de la sanción: desajuste entre el supuesto de hecho y la consecuencia jurídica, o indeterminación del operador deóntico.
  • Defecto en el alcance de presunciones o ficciones: extensión indebida, ausencia de límites o inversión injustificada de la carga de la prueba.

No basta con afirmar que la norma genera inseguridad: la falla debe demostrarse mediante el análisis del enunciado y la exhibición de al menos dos lecturas incompatibles o de la ausencia de solución.

b) Objetivo de la investigación

Formulación del objetivo en infinitivo, dirigido a determinar cómo debe entenderse el ordenamiento para superar el desajuste identificado y restaurar la coherencia interna del sistema. El objetivo precisa el ámbito temporal, material y espacial de vigencia de las disposiciones analizadas y se enuncia sobre el material legislativo tomado como dato neutro y objetivo, sin incorporar juicios sobre la justicia o la conveniencia política de la regulación.

II. Métodos — Fuentes internas y canales hermenéuticos validados
a) Sistema de fuentes reconocido

Declaración de las fuentes primarias (Constitución, leyes, códigos, reglamentos) y de las fuentes subsidiarias o integradoras del propio ordenamiento a las que se recurre cuando la norma directa presenta insuficiencia: jurisprudencia vinculante, precedentes obligatorios y principios generales del derecho positivo, con indicación del criterio de prelación aplicado.

b) Cánones de interpretación reconocidos por la norma interna

Exposición de los métodos hermenéuticos validados por la legislación o la práctica judicial del país para fijar el alcance del texto, con indicación de la disposición o el precedente que los habilita:

  • Exegético o literal: determinación del sentido propio de las palabras y de su conexión sintáctica.
  • Sistemático: atribución de significado en función del lugar del precepto en el conjunto normativo.
  • Teleológico: identificación de la finalidad objetiva del precepto tal como resulta del propio ordenamiento.
  • Analógico: extensión regulada a supuestos no previstos, con expresión de la identidad de razón y de los límites que el sistema impone.
c) Formalización lógico-deóntica

Uso de la lógica subsuntiva y deóntica para mapear formalmente la consistencia del sistema y validar la solución interpretativa propuesta: estructura condicional de la norma (supuesto de hecho → consecuencia jurídica), operadores deónticos involucrados y, cuando el argumento lo exija, representación simbólica de las relaciones de compatibilidad o contradicción entre enunciados, siempre acompañada de su explicación en lenguaje natural.

III. Resultados — Demostración de la falla y reconstrucción hermenéutica
  • Evidencia formal del problema: mapeo objetivo de la contradicción, la laguna o la imprecisión en el texto positivo.
  • Presentación del sentido normativo integrado: exposición del significado resultante que colma la laguna o resuelve el conflicto usando únicamente las herramientas del propio sistema normativo, de modo que un tercero pueda reproducir el razonamiento paso a paso.
IV. Discusión — Demostración de la plenitud y certeza del sistema
  • Control de coherencia sistemática: comprobación de que la solución armoniza el precepto con el resto del ordenamiento sin alterar el texto de la ley ni generar nuevas inconsistencias.
  • Certeza práctica: demostración de que la interpretación ofrece una pauta objetiva y previsible para la aplicación del derecho por los operadores jurídicos (sententia ferenda o interpretación deóntica).
  • Confrontación doctrinal: contraste de la solución alcanzada con las posturas doctrinales dominantes y minoritarias, explicando coincidencias y divergencias.
  • Exposición y refutación de críticas: identificación explícita de las objeciones técnicas —literales, sistemáticas o de coherencia— que la doctrina rival podría formular, y contraargumentos derivados del propio sistema de fuentes.
  • Límites de la solución: precisión del alcance exacto de la propuesta interpretativa y de sus condiciones de aplicabilidad en el ordenamiento positivo.
  • Certeza y plenitud del sistema: demostración de que la solución resiste la crítica doctrinal y restablece la previsibilidad y la unidad del sistema jurídico.
V. Conclusiones

Enuncian la regla interpretativa obtenida en forma proposicional y verificable, su ámbito de aplicación y las cuestiones que quedan abiertas. No se admiten conclusiones que reiteren el resumen, introduzcan material no discutido o se limiten a exhortaciones al legislador o a los jueces.

4.2 Modalidad especial de la Ruta A: análisis crítico de sentencias judiciales

El análisis de casos bajo el positivismo metodológico evalúa la sentencia como un producto justificativo que debe satisfacer niveles rigurosos de corrección lógica y fáctica. El manuscrito no comenta la decisión ni la valora políticamente: verifica la solidez de su justificación en tres planos.

PLANO DEDUCTIVO
(Justificación interna)
PLANO INDUCTIVO
(Justificación externa)
PLANO ABDUCTIVO
(Contexto de descubrimiento)
· Objeto del debate
· Premisa mayor (norma)
· Silogismo jurídico y subsunción
· Veracidad de la premisa menor
· Acervo probatorio
· Estándares de prueba
· Hechos de la causa
· Hipótesis en competencia
· Acreditación de la hipótesis
1. Plano deductivo — justificación interna y validez formal
  • Objeto del debate: delimitación de la controversia sustantiva o procesal planteada ante el tribunal.
  • Premisa mayor (norma aplicable): identificación de la regla jurídica o disposición general seleccionada por el juez, y control de su vigencia, aplicabilidad temporal y jerarquía.
  • Silogismo jurídico y subsunción: comprobación formal del modus ponendo ponens (si P entonces Q; se da P; luego Q). Se evalúa si el fallo derivó lógicamente de encuadrar el hecho en el supuesto normativo, sin incurrir en falacias ni saltos inferenciales.
2. Plano inductivo — justificación externa de la premisa fáctica
  • Premisa menor o fáctica: evaluación del enunciado que afirma la ocurrencia de los hechos.
  • Acervo probatorio e inferencia inductiva: examen del conjunto de pruebas (documentos, peritajes, testimonios, indicios) y análisis de cómo el juez aplicó la inducción probatoria a partir de las reglas de la sana crítica, las máximas de experiencia y los estándares de prueba, para determinar si la premisa menor es empíricamente verdadera.
3. Plano abductivo — contexto de descubrimiento y acreditación de hipótesis
  • Hechos e hipótesis en competencia: reconstrucción de las conjeturas iniciales elaboradas por las partes para explicar el evento.
  • Acreditación y elección de la hipótesis: evaluación de la inferencia abductiva mediante la cual el juzgador seleccionó la hipótesis plausible que mejor explica el material fáctico, y de cómo esa hipótesis se confirmó inductivamente en el acervo probatorio hasta convertirse en el hecho probado.
Estructura del manuscrito
  1. Identificación completa de la resolución: órgano, sala, número de proceso y de sentencia, fecha, jueces y, en su caso, votos concurrentes y salvados.
  2. Antecedentes procesales relevantes y objeto del debate.
  3. Análisis del plano deductivo.
  4. Análisis del plano inductivo.
  5. Análisis del plano abductivo.
  6. Discusión: consecuencias del fallo para la línea jurisprudencial del órgano y contraste con precedentes y doctrina.
  7. Conclusiones: enunciación de la regla de decisión acreditada y de los defectos de justificación detectados.

Es obligatorio adjuntar el enlace oficial a la resolución analizada o indicar el repositorio donde puede consultarse.

4.3 Ruta B — Metodología de investigación sociojurídica

Comprende la investigación empírica sobre el derecho en acción. Su objeto es la fisura sociojurídica: la brecha entre el deber ser normativo y el ser fáctico. Exige que la evidencia se obtenga con instrumentos transparentes y replicables y que el estudio culmine en un plano propositivo materializado en un instrumento de transferencia concreto.

Título, resumen y palabras clave
  • Título: expresa la relación entre el marco normativo y la realidad fáctica o social analizada (eficacia de una ley, barreras institucionales, impacto socioeconómico).
  • Resumen (150–250 palabras): expone la fisura sociojurídica, la ruta metodológica empírica seguida, los principales hallazgos fácticos y estadísticos, y la concreción del plano propositivo a través de un proyecto de ley, un concepto técnico o dictamen, o un protocolo o guía de práctica forense.
  • Palabras clave: combinan descriptores jurídicos y de ciencias sociales, de modo que el trabajo sea recuperable en ambos campos.
I. Introducción — La fisura sociojurídica, marco teórico y anuncio del plano propositivo
a) Delimitación de la fisura sociojurídica

Exhibición de la brecha entre el deber ser normativo y el ser fáctico, identificando una ineficacia de la norma, vacíos de cobertura, barreras de acceso a la justicia o distorsiones en su aplicación, con indicios preliminares que justifiquen la pertinencia del estudio de campo.

b) Marco teórico integrado

Conexión de la normatividad con enfoques de las ciencias sociales: sociología del derecho, criminología, análisis económico del derecho o ciencia política, seleccionados por su capacidad explicativa respecto del problema.

c) Pregunta e hipótesis empíricas

Formulación de hipótesis u objetivos operacionalizables mediante variables e indicadores sociales y jurídicos: tasas de aplicación, porcentajes de cumplimiento, tiempos procesales o indicadores de satisfacción. Cada hipótesis debe poder confirmarse o refutarse con los datos que el estudio recolecta.

d) Anuncio del plano propositivo

Planteamiento explícito de que la investigación aporta la evidencia necesaria para fundamentar una propuesta aplicada en forma de proyecto de ley, concepto técnico o dictamen especializado, o guía de práctica forense.

II. Métodos — La ruta empírica: cualitativa, cuantitativa o mixta
a) Enfoque y diseño de investigación
  • Ruta cuantitativa: diseños descriptivos, correlacionales o explicativos; delimitación de población, muestra representativa —procedimiento de selección, tamaño, margen de error y nivel de confianza— y operacionalización de variables.
  • Ruta cualitativa: estudios de caso, etnografía, entrevistas a profundidad o investigación-acción participativa para comprender las vivencias de actores sociales u operadores jurídicos, con justificación del criterio de selección de participantes.
  • Ruta mixta (triangulación): integración de encuestas a gran escala con entrevistas cualitativas y mapeo de fuentes normativas, indicando el diseño de integración.
b) Técnicas e instrumentos de recolección
  • Cuantitativas: encuestas estructuradas, revisión por muestreo de expedientes judiciales, minería de datos legales, indicadores estadísticos oficiales.
  • Cualitativas: entrevistas semiestructuradas a actores clave (jueces, víctimas, funcionarios), grupos focales y observación directa.

Debe indicarse el período y el lugar de recolección, el número efectivo de unidades observadas, la tasa de respuesta y el procedimiento de validación de los instrumentos, que se adjuntan como archivo complementario del envío.

c) Análisis e inferencia
  • Datos cuantitativos: estadística descriptiva (frecuencias, porcentajes, promedios) e inferencial (pruebas de hipótesis, chi-cuadrado, regresiones) para medir relaciones causales o grados de efectividad de la norma, con indicación del software empleado.
  • Datos cualitativos: codificación temática asistida por software (NVivo, Atlas.ti) y análisis de contenido, con exposición del libro de códigos.
III. Resultados — Evidencia empírica y diagnóstico del derecho en acción
  • Evidencia estadística y fáctica: gráficos, tablas cruzadas, porcentajes de ineficacia, coeficientes de correlación y valores de significancia (p-valor) que validan o refutan las hipótesis planteadas.
  • Hallazgos cualitativos: matrices de categorías, relatos representativos o mapas de contraste.
  • Diagnóstico consolidado: demostración sustentada de cómo opera, se distorsiona o se incumple el derecho en la realidad social.
IV. Discusión — Contraste teórico y desarrollo del plano propositivo
a) Materialización del plano propositivo

A partir del diagnóstico probado, la propuesta se concreta en una o varias de las siguientes modalidades:

  • Proyectos de ley y propuestas normativas (lege ferenda): textos articulados y exposiciones de motivos sustentados en la investigación, que justifican la modificación, derogación o creación de leyes para solucionar fallas o vacíos del ordenamiento.
  • Conceptos técnicos, dictámenes y consultorías científico-tecnológicas: estudios analíticos e interpretativos de alta complejidad para definir la validez de una medida, el alcance de una norma o la aplicabilidad de tratados internacionales en situaciones complejas o emergentes.
  • Guías de práctica forense, protocolos y manuales de procedimiento: instrumentos técnicos que unifican criterios para la aplicación previsible de las normas positivas en sectores institucionales específicos.

El instrumento propositivo debe presentarse en forma acabada —articulado, estructura del dictamen o secuencia del protocolo—, e indicar el órgano destinatario y las condiciones de implementación.

b) Contraste teórico y dialéctica
  • Confrontación doctrinal: cómo los datos fácticos y estadísticos obtenidos respaldan o desmienten las teorías jurídicas y sociológicas previas.
  • Anticipación de críticas: objeciones técnicas e institucionales que podrían formularse contra el instrumento propuesto —costo, viabilidad institucional, compatibilidad constitucional—, y razones por las que la solución basada en evidencia empírica es la más viable.
  • Limitaciones del estudio: restricciones de la muestra, del contexto geográfico o temporal y sesgos potenciales.
V. Conclusiones y referencias bibliográficas
  • Conclusiones: síntesis del diagnóstico empírico alcanzado y del valor transformador del instrumento propositivo desarrollado.
  • Referencias: mapeo de legislación, decisiones judiciales, literatura de ciencias sociales y documentos técnicos consultados.
Tabla sintética del plano propositivo
Instrumento del plano propositivo Definición y función técnica Ámbito de aplicación principal
Proyectos de ley (lege ferenda) Textos articulados con exposición de motivos sustentados en evidencia empírica para crear, derogar o modificar leyes. Órganos legislativos y reformas al ordenamiento positivo.
Conceptos técnicos y consultorías científico-tecnológicas Estudios analíticos e interpretativos de alta complejidad para evaluar la validez de medidas, el alcance de normas o la aplicación de tratados internacionales. Entidades estatales, cortes, órganos regulatorios y corporaciones.
Guías de práctica forense y protocolos Instrumentos operativos que unifican criterios de actuación para garantizar la aplicación previsible de la ley. Operadores judiciales, policía, peritos y sectores institucionales.

4.4 Ruta C — Investigación bibliográfica

Comprende los productos científicos cuyo material de análisis es la producción documental previa: obras doctrinales, decisiones judiciales, literatura científica indexada y documentos técnicos. Todas sus modalidades se organizan conforme a la estructura IMRyD. No se aceptan trabajos que se limiten a exponer opiniones de autores sin declarar el método de búsqueda, los criterios de selección y el marco de categorización empleados.

4.4.1 Reseñas críticas y recensiones bibliográficas

Evaluaciones académicas y síntesis analíticas sobre obras de reciente publicación o literatura relevante en un área temática.

  • Introducción (I): presentación formal de la obra (autor, título, editorial, año, extensión); ubicación dentro del debate jurídico actual y justificación de su relevancia doctrinal; objetivo de la reseña, esto es, evaluar la hipótesis central y los aportes del autor.
  • Métodos (M): declaración del enfoque de lectura analítica y crítica utilizado; eje o marco teórico de contraste seleccionado para examinar la obra.
  • Resultados (R): síntesis estructurada de los contenidos centrales, capítulo por capítulo o por bloques temáticos; exposición objetiva de las tesis principales, los argumentos clave y la metodología empleada por el autor.
  • Discusión (D): valoración crítica del aporte a la ciencia jurídica; fortalezas, debilidades conceptuales, sesgos o aspectos no resueltos; conclusión sobre la utilidad de la obra para investigadores, jueces o legisladores.
4.4.2 Fichas analíticas de jurisprudencia y registros documentales

Instrumentos de sistematización que extraen y clasifican los criterios interpretativos o las líneas de decisión de los tribunales.

  • Introducción (I): delimitación del problema jurídico procesal o sustantivo; identificación de los tribunales seleccionados y de la temporalidad del registro; objetivo de identificar la regla de decisión o la tendencia interpretativa de la judicatura.
  • Métodos (M): criterios de búsqueda y selección de fallos (sentencias hito, fundacionales, unificadoras); estructura de la ficha analítica y sus campos de extracción: hechos relevantes, problema jurídico, ratio decidendi, obiter dicta y decisión.
  • Resultados (R): mapa o matriz de registro jurisprudencial clasificado por categorías; línea jurisprudencial o tabla analítica de precedentes que muestra el comportamiento de las decisiones judiciales.
  • Discusión (D): análisis crítico sobre la estabilidad o dispersión de los criterios judiciales —cambios de línea, contradicciones o vacíos argumentativos—; evaluación de la predecibilidad que ofrecen para la práctica forense.
4.4.3 Artículos de revisión, marcos teóricos y estados del arte

Trabajos que integran, analizan y evalúan críticamente la producción científica previa sobre un problema legal, para mapear tendencias e identificar vacíos del conocimiento.

  • Introducción (I): delimitación de la figura, teoría o problema legal investigado; justificación de la necesidad de sintetizar la literatura previa y objetivos de la revisión; preguntas de revisión.
  • Métodos (M): estrategia de búsqueda bibliográfica no estandarizada pero rigurosa —repositorios, catálogos universitarios, revistas jurídicas y libros de especialidad—, con el período y los idiomas cubiertos; criterios de selección temática y marco de categorización cualitativa.
  • Resultados (R): mapeo y categorización de la producción previa mediante tablas temáticas; tendencias doctrinales, enfoques teóricos dominantes y evolución histórica de los debates.
  • Discusión (D): balance crítico de la producción existente y contraste entre escuelas de pensamiento; identificación explícita de los vacíos del conocimiento; formulación de una agenda futura de investigación.
4.4.4 Revisiones sistemáticas de literatura (RSL) con protocolo PRISMA adaptado al Derecho

Productos de alta rigurosidad que aplican protocolos estandarizados —declaración PRISMA— en bases indexadas, combinadas con normatividad y precedentes.

  • Introducción (I): pregunta de revisión formulada de forma clara y precisa; justificación de la necesidad de una RSL replicable para evitar el sesgo de selección arbitraria; objetivos de síntesis de evidencia.
  • Métodos (M): estrategia de búsqueda con ecuaciones booleanas en bases indexadas (Scopus, Web of Science, SciELO) y en bases de legislación y jurisprudencia, transcritas íntegramente y con la fecha de ejecución; criterios explícitos de inclusión y exclusión; proceso de selección en cuatro fases —identificación, cribado, elegibilidad e inclusión—; evaluación de calidad y sesgo de los estudios incluidos.
  • Resultados (R): presentación obligatoria del diagrama de flujo PRISMA con el conteo de cada fase; tablas sistemáticas de los estudios incluidos (autor, año, país, tipo de fuente, metodología y hallazgos clave); mapeo bibliométrico por años, revistas y países.
  • Discusión (D): contraste y síntesis crítica de los hallazgos; evaluación de la consistencia o contradicción entre la literatura científica y la normatividad o jurisprudencia vigentes; limitaciones de la revisión; recomendaciones para la elaboración de normas, políticas públicas o nuevas líneas de investigación.
Tabla comparativa de la estructura IMRyD bibliográfica
Producto bibliográfico Introducción (I) Métodos (M) Resultados (R) Discusión (D)
Reseña / recensión Presentación de la obra y su relevancia en el debate. Enfoque de lectura analítica y marco de contraste. Síntesis de los capítulos y tesis centrales de la obra. Valoración crítica del aporte y vacíos de la obra.
Fichas de jurisprudencia Problema jurídico procesal y línea del tribunal. Criterios de selección de sentencias y campos de la ficha. Matriz o mapa de precedentes y regla de decisión. Análisis de estabilidad o giros en el criterio judicial.
Estado del arte / revisión Figura legal, justificación y preguntas de revisión. Búsqueda amplia en repositorios, libros y revistas. Mapeo temático de corrientes teóricas y doctrinas. Identificación de vacíos de conocimiento y agenda futura.
RSL (protocolo PRISMA) Pregunta de revisión explícita y necesidad de réplica. Protocolo PRISMA: Scopus/WoS, ecuaciones, elegibilidad y fases. Diagrama PRISMA, tablas de inclusión y datos bibliométricos. Síntesis de evidencia, límites de la RSL e impacto normativo.